lunes, 6 de diciembre de 2010

Lubertino y el privilegio a las religiones (A216)

Fuera de Buenos Aires conocemos a María José Lubertino como antigua directora del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI). Lubertino es actualmente miembro de la legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De perfil progresista, no fue sorpresa su presentación de un proyecto para retirar los símbolos religiosos de los espacios públicos hace unos meses. La reacción de los creyentes más cuadrados debe haberle afectado, sin embargo, porque hace poco presentó en sociedad —en un templo, rodeada de líderes religiosos— otro proyecto de ley… para declarar inembargables los inmuebles pertenecientes a comunidades religiosas y los objetos necesarios para el culto. (El proyecto de ley y sus justificaciones están disponibles en un PDF.)

En Argentina no hay muchas propiedades que estén exentas de embargo y ejecución, aparte de las “viviendas únicas” (si uno no tiene donde caerse muerto más que ahí, ésa es su vivienda única, y no puede ser rematada). No se explica que se quiera otorgar este privilegio a las congregaciones religiosas, y menos todavía que sea Lubertino —no exactamente una activista anticlerical, pero sí reconocida por su lucha en favor de varios de los derechos que los clérigos quisieran arrebatarnos— la que se encargue de dárselo.

Lubertino tiene presencia online en Facebook y en Twitter. En el primero creó un evento que rápidamente se llenó de comentarios contrarios. En Twitter la castigaron (castigamos) unos cuantos. Su respuesta ante la pregunta de cómo se le había ocurrido presentar un proyecto así fue “porque vi que embargaban una sinagoga en Misiones”.


Resulta casi dolorosamente evidente que Lubertino no pensó que esto tendría repercusión y que no conocía, al menos, a la parte de su electorado que la sigue en las redes sociales. Con las horas se puede ver la acumulación de comentarios airados, un par de respuestas evasivas como la de arriba, y finalmente, en Twitter, esto:


Las excusas de Lubertino giraban en torno a tres ejes:
  1. Que la inembargabilidad de los templos es ahora privilegio de la Iglesia Católica y nadie más, con lo cual esta ley sería igualadora. La falla en esto: que a menos que les concedamos un estatus especial a las religiones, un templo no puede ser distinto de cualquier otro edificio a nivel legal.
  2. Que el proyecto no es para extender privilegios sino garantías. Muy lindo, pero cambiar una palabra por otra no soluciona el problema, y un privilegio repartido sigue siendo un privilegio (a menos que se reparta entre todos sin distinción, dejando ipso facto de ser privilegio, claro).
  3. Que la presentación del proyecto en sociedad no fue la presentación oficial, por la cual un proyecto de ley ingresa al parlamento. Esto es cierto, pero hay que ser muy ingenuo para creer que una cosa no seguirá a la otra (y se servirá de ella para apoyarse). La discusión debió darse antes. No sigo a la diputada en la red, pero me dio la impresión de que todos sus seguidores estaban sorprendidos por este giro súbito.
Entre los considerandos del proyecto hay otra falla grave, que es la equiparación implícita de la protección de ciertos bienes inembargables (como la vivienda única, los alimentos y el salario mínimo) con la protección de los lugares y objetos de culto como indispensables para la libertad religiosa. El error está en que la casa, la comida y el salario son necesarios para las personas y están sin discusión dentro de los derechos humanos más básicos, mientras que los templos son simples propiedades de organizaciones: por eso es que un ciudadano argentino puede reclamar que el Estado le provea una vivienda digna si no la tiene, pero ninguna organización puede reclamar que el Estado le brinde gratuitamente una sede para desarrollar sus actividades. Algunos podrán argumentar que la libertad religiosa queda menoscabada si se permite el embargo de un templo o de un objeto litúrgico absolutamente indispensable para el culto… pero si quienes definen lo que es indispensable para el culto son precisamente los que lo practican, entonces estaríamos en la situación absurda de que una organización tendría poder para declarar absolutamente cualquier cosa que posea como inembargable. A fin de cuentas, el Estado no puede hacer esa determinación: estaría violando la libertad religiosa…

En fin: hemos aprendido —en estos últimos meses— que los famosos, los políticos y otros grandes personajes son humanos, demasiado humanos, y que a muchos les convendría seguir comunicándose por medio de voceros autorizados, expertos en ese delicado arte, antes que recurrir a la lamentable improvisación que vemos en Twitter o en Facebook. No es cierto que la espontaneidad y el discurso descontracturado sean siempre lo mejor.

5 comentarios:

  1. Si quieren que sea justo deberían ser inembargables también las Asociaciones Civiles sin fines de lucro. Y, a mi parecer, sólo cuando sea única sede (al estilo de "vivienda única" de la asociación).

    Eloy

    ResponderEliminar
  2. Es que la libertad religiosa es un derecho negativo en el sentido que es, justamente, una garantía de que el Estado no va a impedir el libre desarrollo de los cultos.
    Algo más clara es la libertad de expresión. Respetar ese derecho no significa que el Estado tenga que financiar un programa para cada habitante, sino que no se va a meter y censurar.

    De la misma manera que no es un problema del estado si a un canal de cable le embargan los bienes, tampoco debería serlo si le pasa a una institución religiosa.

    ResponderEliminar
  3. me parece que la antorcha se quema por el mango con este proyecto, el tema es separar a la iglesia del estado y que sean embargables los inmuebles del culto católico como son cualquier inmueble de vecino o de otros cultos.
    La cuestión es restar privilegios a los poderosos y, en tal caso, que los privilegios los tengan quienes menos poseen y duermen en la calle, a ver!!!

    ResponderEliminar
  4. Sobre la Inembargabilidad de los Templos Religiosos


    Lic. Ricardo Romero
    www.ricardoromeroweb.com.ar

    Desde la defensa de la libertad religiosa o el impulso de la igualdad de credos, perecería ser una medida justa proponer la inembargabilidad de los Templos Religiosos, pero si tenemos presente que esta medida pretende igualar a otras religiones bajo un privilegio que tiene la Iglesia Católica, lo que estamos es sólo incluyendo partes pero se mantiene la discriminación sobre grupos que no profesan religión alguna.

    Cabe destacar que el concepto de inembargabilidad busca garantizar una cuota mínima de bienes materiales como base a derechos de subsistencia. La inembargabilidad de los bienes de la Iglesia Católica deviene de un artículo 2, que el Plan Nacional contra la Discriminación propone eliminarlo, que coloca al culto católico en forma privilegiada respecto a otras religiones. Un punto bien distinto al concepto genérico de inembargabilidad.

    En tal sentido, ampliarlo a otras religiones sigue profundizando la diferenciación de una actividad respecto de otras. ¿Porqué una Sociedad Teosófica o una Asociación Atea que desarrolle una Casa de Estudios no podría tener un derecho de éstas características?, ¿Porqué defender cualquier espacio religioso sobre otro colectivo?, ¿Porqué no retirar el privilegio al Iglesia Católica y establecer mecanismos de inembargabilidad a espacios públicos, colectivos y comunitarios?.

    Cabe desatacar que los bienes públicos del Estado son inembargables, y desde este punto se toman los bienes eclesiales católicos. Quizás, generar mecanismos adecuados sobre espacios de representación histórico cultural puedan recibir la garantía de inembargabilidad, sea un mecanismos de afirmar y defender ámbitos colectivos reconocidos por la comunidad. Siempre teniendo presente que no pueden reducirse a bienes religiosos.

    ResponderEliminar
  5. Me hubiera gustado sabe qué pasó tras el embargo de esa sinagoga de Misiones. Seguramente los acreedores que instaron el embargo no percibieron la violación de ningún derecho humano y los fieles que usaban esa sinagoga simplemente habrán comprado o alquilado otra, tal vez más modesta, pero no habrán perdido su derecho a rezar.

    Aquí los musulmanes se concentran en pequeñas mezquitas improvisadas, violando las disposiciones municipales sobre seguridad en edificios. Ya se están oyendo voces para que esas normas se cambien en su favor. Creo que el universal afán de las religiones de pedir privilegios forma parte íntima de sus señas de identidad, porque los privilegios plasman su sentimiento de estar por encima de la ley civil.

    ResponderEliminar

Dejá tu comentario sobre el tema de este post aquí. Por favor, utilizá un nombre o seudónimo. Si querés opinar o hablar de otro tema, usá el Buzón de sugerencias.