lunes, 2 de marzo de 2009

Apostasía: ¿por qué?

¿Sabía Ud. que el Estado subsidia a la Iglesia Católica?

El Estado Nacional paga los sueldos de los obispos de la Iglesia Católica y de los capellanes militares, y además subsidia la educación privada confesional. Es dinero de sus impuestos que sirve para difundir una religión con la que Ud. probablemente no está de acuerdo. Este dinero no se utiliza para obras de caridad o de bienestar social (que de todas formas deberían ser encaradas por el Estado mismo).


¿Sabía Ud. que si fue bautizado, la Iglesia lo cuenta entre sus filas?

La mayoría de los argentinos somos oficialmente católicos porque fuimos bautizados por la Iglesia siendo bebés, sin nuestro conocimiento ni consentimiento (porque nuestros padres lo hicieron, por convicción o tradición). La Iglesia nos tiene anotados en sus libros de bautismo, "haciendo número", a pesar de que muchos bautizados no están de acuerdo con los dogmas y los dictámenes morales que emanan del Vaticano.


¿Sabía Ud. que es posible renunciar al bautismo?

Si Ud. no está de acuerdo con el reglamento de un club social o deportivo y no le dan derecho a cambiarlo, entonces debe poder renunciar a su membresía. Con más razón debería poder alejarse de la Iglesia Católica, cuyo "reglamento" implica cosas mucho más serias que el de un club.

La renuncia expresa a la fe católica se denomina apostasía, y es su derecho que la misma sea reconocida por la Iglesia.



APOSTASÍA

La apostasía es la renuncia expresa a la fe católica. En Argentina existe libertad de culto: Ud. tiene derecho a profesar cualquier fe (o ninguna). También existe el derecho al Habeas Data, es decir, a disponer de sus datos personales, y en particular no ser contado como seguidor de una religión en la que Ud. no desea participar. Por medio de una comunicación formal, Ud. puede notificar a la Iglesia Católica que desea apostatar y que en su registro de bautismo debe aparecer su renuncia a la fe.

La apostasía no es renunciar a Dios, a la fe o a los valores morales que Ud. pueda derivar de su religión. Simplemente, si Ud. ha cambiado de religión o ha dejado de practicar el catolicismo, puede hacer explícito este alejamiento. La apostasía no tiene consecuencias legales.

La Iglesia Católica ha tenido por mucho tiempo privilegios incompatibles con un estado laico, democrático y soberano. El hecho de que sea la religión mayoritaria no es excusa, ya que en una democracia es fundamental el respeto a las minorías. Además, aunque entre el 70 y el 90% de los argentinos se digan católicos, sólo una pequeña parte de ese porcentaje está de acuerdo con la posición de la Iglesia en torno a temas importantes como la educación sexual, el uso de anticonceptivos y el debate sobre la despenalización del aborto. Es decir que los líderes católicos no representan a la gran mayoría de los católicos. La Iglesia ha perdido muchos fieles a causa de estas posturas inflexibles, pero prácticamente ninguno se anima a despegarse definitivamente de ella. La apostasía es una oportunidad personal de marcar una posición.

Para apostatar, Ud. debe enviar una carta a quien preside la jurisdicción eclesiástica donde fue bautizado, es decir, al obispo o arzobispo correspondiente a su parroquia de bautismo, fundamentando su derecho a no pertenecer a la Iglesia y expresando su deseo de ser quitado de sus libros. Es un trámite sencillo y de bajo costo, que lamentablemente la burocracia eclesial suele prolongar u obstaculizar.

Si Ud. fue bautizado pero no está de acuerdo con la Iglesia Católica, o directamente ya no se considera católico, apostatar es su oportunidad de mostrar su disconformidad y su rechazo por la injerencia indebida de la Iglesia en la política y las leyes de nuestro país.


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5 comentarios:

  1. Buena información aunque creo que el motivo principal es que al momento de ser bautizado (en la mayoría de lo casos) hubo alguien más que decidió por mí. Ahora ejerzo mí derecho de decisión y de asociación: soy libre de pertenecer o no, al grupo de personas que yo considere.

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  2. Por supuesto, ejercer la libertad de elección debería ser suficiente. Pero estamos tan acostumbrados a ignorar lo que no nos afecta muy directamente, que me pareció correcto recalcar que la apostasía, además de un derecho, puede ser vista como un deber cívico y de conciencia. Saludos!

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  3. eso es educacion, lo que tanto necesitan nuestros pueblos, yo soy dominicano y aqui al igual que en Argentina fuimos educados y bautizados bajo en dogma catolico, y desconocemos nuestros derechos, si no queremos pertenecer mas a ese rebaño o ningun otro tenemos toda la libertad de ser libres, valga la redundancia.

    por una sociedad laica

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  4. Hola,
    necesito saber si alguien tiene idea de qué manera se puede apostatar en Uruguay. Yo vivo en Italia desde siempre, pero nací y fuí bautizada en Montevideo. Estuve mirando en Internet pero no conseguí dar con leyes vigentes en el Uruguay que me puedan respaldar en mi deseo de apostatar. Desde ya les agradezco.

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  5. maria cristina, la apostasía es algo interno a la Iglesia Católica, y el Derecho Canónico (la ley paralela de la Iglesia, digamos) contempla tu derecho a que se reconozca tu alejamiento de la Iglesia. Aquí se agregaron algunas justificaciones legales para hacer más fuerte el pedido, pero entiendo que no deberían hacer falta. También hay puntos en los que te podés apoyar en documentos internacionales. Fijate en la carta modelo para apostatar (que encontrarás en el sitio de Apostasía Colectiva). Saludos!

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